DECRETO 1072 DE 2015
Por medio del cual se
expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
DECRETA:
LIBRO 1
ESTRUCTURA DEL SECTOR
TRABAJO
PARTE 1
SECTOR CENTRAL
PARTE 2
SECTOR DESCENTRALIZADO
TÍTULO 2
ENTIDADES VINCULADAS
ARTÍCULO 1.2.2.1. Administradora Colombiana
de Pensiones - COLPENSIONES. La Administradora
Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES es una Empresa Industrial y Comercial
del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial, vinculada
al Ministerio de Trabajo, para que ejerza las funciones señaladas en el Decreto
4121 de 2011 y en las disposiciones legales vigentes, con la finalidad de
otorgar los derechos y beneficios establecidos por el sistema general de
seguridad social consagrado en el artículo 48 de la Constitución Política. (Decreto 4121 de 2011, art 1)
TÍTULO 3
ORGANISMOS DE
ARTICULACIÓN SECTORIAL
ARTÍCULO 1.2.3.1. De la conformación de la
red de comités de seguridad y salud en el trabajo. La
red de comités de seguridad y salud en el trabajo, encabezada y liderada por el
comité nacional de seguridad y salud en el trabajo, está conformada por la
totalidad de los comités seccionales y locales de salud ocupacional, con el
objeto de establecer las relaciones jerárquicas, garantizar el funcionamiento
armónico, orientar y sistematizar la información y servir de canal informativo
para el cabal funcionamiento de los comités de seguridad y salud en el trabajo
en el territorio nacional y del sistema general de riesgos laborales. (Decreto 16 de 1997. art. 2)
ARTÍCULO 1.2.3.2. Red Nacional de
Formalización laboral. La Red Nacional de
Formalización laboral es el conjunto de actores, procesos, recursos, políticas
y normas que, para realizar los postulados del trabajo decente y de la
seguridad social para todos, ejecuta acciones en los campos de la promoción, la
capacitación, la orientación, el acompañamiento, la intervención en la
afiliación, el seguimiento y el control de los proyectos, estrategia y actividades
orientadas a la formalización laboral de los trabajadores en Colombia
incluyendo la vinculación al Sistema de Protección Social. (Decreto 567 de 2014, art 1)
ARTÍCULO 1.2.3.3. Red Nacional de
Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo - Red Ormet. La
Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo, que se
denominará (Red Ormet), red de investigación e información, está conformada por
actores, procesos, recursos, políticas y normas que actúan articuladamente en
la generación de información de carácter estratégico, que sirva para la toma de
decisiones en los aspectos relacionados con la formulación y gestión de la
política de mercado de trabajo por parte de los actores involucrados. (Decreto 1444 de 2014, art 1)
TÍTULO 4
FONDOS ESPECIALES
ARTÍCULO 1.2.4.1. Fondo emprender - FE. El
Fondo Emprender - FE es una cuenta independiente y especial adscrita al
Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, administrada por esta entidad, el cual
se regirá por el derecho privado, y tendrá como objeto exclusivo financiar
iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o
asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales,
cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en las Instituciones
reconocidas por el Estado, de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de
1994 y demás que las complementen, modifiquen o adiciones. (Decreto 934 de 2003, arts. 1 y 2)
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